A- de 2004
Ponente Sala Plena
✓Demandante Inversiones Energeticas S.A·Demandado Consejo De Estado Seccion 2 Subseccion B
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Facultad de revisión eventual de acciones de tutela
- Facultad discrecional de selección y revisión de tutelas sin motivación expresa
- No es tribunal de instancia
- Labor sistemática no está reservada solo a la Sala Plena sino también a las Salas de Revisión
- Facultad discrecional de revisión busca unificar doctrina sobre alcance de derechos fundamentales
- Improcedencia por cuanto están sometidas a "eventual" revisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se denegó por improcedente las solicitudes de nulidad formuladas por el ciudadano de la referencia contra los autos de Sala de Selección Número Diez del 22 y 30 de octubre de 2003, mediante los cuales resolvió excluir de revisión entre otros, los expedientes de tutela radicados bajo el No.
T-803674 y T-804299, en tanto que no encuentra la Sala que tales decisiones estén viciadas de causal de nulidad alguna por “…Causa Ilícita y persigue un Objeto Ilícito…” como lo afirma el peticionario en sus escritos, de toda vez que las mismas se ampararon en claros mandatos constitucionales y legales, no contrarían el derecho público del Estado, ni están afectadas por vicio alguno de ilegalidad, arbitrariedad o irregularidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DENEGAR por improcedente las solicitudes de nulidad formuladas por el senor Hector Rodriguez Pizarro, en memoriales del 12 y 13 de febrero de 2004, contra los autos de Sala de Seleccion Numero Diez del 22 y 30 de octubre de 2003, mediante los cuales resolvio excluir de revision entre otros, los expedientes de tutela radicados bajo el No. T-803674 y T-804299.
- SEGUNDO. Comuniquese la presente providencia al peticionario.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.